Estimado cliente

Dentro de las medidas adoptadas por el Gobierno para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo, se ha establecido que las empresas están obligadas a realizar un registro salarial  estableciendo la obligación a remunerar la prestación de un trabajo sin que exista discriminación por razón de sexo. Es por ello que se establece la obligación de que  el empresario deba realizar un registro con los valores medios de salarios, complementos salariales y extra-salariales.

El registro contendrá los salarios divididos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo de igual valor. Y deberá dividirse por sexo, para que se pueda valorar si existe brecha salarial.

Les adjunto una plantilla que les puede servir para poder realizar dicho registro. Es la misma plantilla que ya les adjunte el año pasado. La misma se debe de rellenar todos los años.

Este documento no debe de entregarse a los trabajadores, pero si alguno de ellos lo solicita, la empresa está obligada a mostrárselo. No debe de estar firmado por el trabajador.

Es obligatorio guardar los registros salariales por un periodo de cuatro años.

Si tienen cualquier duda a la hora de cumplimentar el documento estoy a su disposición.

Nilsa Asesores.